El Dictamen de la Fiscalía de Estado 05/2017, fechada el 27 de enero, con la firma del doctor Virgilio Martínez de Sucre, hace saber a los Directores que el hecho de incurrir en inasistencias injustificadas a las sesiones de Directorio que hayan sido debidamente convocadas, podrá hacerlos pasibles de las responsabilidades derivadas de dicho accionar, ello sin perjuicio de la necesaria puesta en conocimiento de la Legislatura de la Provincia sobre el anómalo funcionamiento del ente recientemente creado.
La decisión del Fiscal de Estado surgió por una presentación que hicieron Aníbal Torres director por los activos y Gustavo Caicheo, director por los pasivos; de la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego OSPTF y fue contra la resolución del Directorio del exIPAUSS 244/15, a la que el titular del organismo de control encontró a la misma plenamente válida, en el entendimiento que dicho acto administrativo fue correctamente emitido en un marco de transición.
Para emitir su dictamen contra los directores Torres y Caicheo, el Fiscal de Estado tuvo en cuenta que la presidente de la Obra Social, en el punto 2 de su nota 972017, indicó que el directorio de esta obra social aun hoy no ha podido tener su primer sesión ordinaria, ni especial. Ello como directa consecuencia de que, formalizada ya la cuarta convocatoria, hemos contado sólo con la asistencia perfecta de la suscripta como presidente y de la señora vicepresidente. Los señores vocales se han reiterado en la misma conducta: Inasistencia perfecta a todas las convocatorias.